Seguros de Vida - Coberturas y Servicios



Coberturas Seguro de Vida

Coberturas y Servicios incluidos y opcionales

Los Seguros de Vida Temporal garantizan tanto la cobertura del capital asegurado en caso de defunción, como de manera complementaria, la contratación de las coberturas de los siguientes riesgos:

  • Invalidez Permanente y Absoluta
    • Si el asegurado, por cualquier causa, alcanzara con total independencia de su voluntad, una situación física y/o psíquica irreversible que le impida el ejercicio de cualquier actividad remunerada, recibiría el capital asegurado de forma anticipada.
  • Capital adicional en caso de muerte por accidente
    • En caso de fallecimiento del asegurado a consecuencia de un accidente, los beneficiarios recibirán el doble del capital asegurado.
  • Capital adicional en caso de muerte por accidente de circulación
    • En caso de fallecimiento del asegurado a consecuencia de un accidente de circulación, los beneficiarios recibirán el triple del capital asegurado. Si además en el mismo accidente fallece su cónyuge, los hijos comunes menores o incapacitados percibirian otro capital adicional, por lo que el capital se cuadriplica.
  • Capital adicional en caso de invalidez por accidente
    • En caso de que el asegurado sufra una invalidez permanente y absoluta a consecuencia de un accidente, percibiría el doble del capital asegurado por la garantía de invalidez.
  • Capital adicional en caso de invalidez por accidente de circulación
    • En caso de que el asegurado sufra una invalidez permanente y absoluta a consecuencia de un accidente de circulación, percibiría el triple del capital asegurado por la garantía de invalidez.
  • Enfermedades graves
    • En caso de que al asegurado se le diagnostique por primera vez una de las siguientes enfermedades graves: cáncer, infarto de miocardio o cerebral, afección crónica de las arterias coronarias que requiere cirugía de by-pass o insuficiencia renal, transplante de órganos mayores, Alzheimer o Parkinson, tiene derecho a percibir un anticipo del 25% o del 50% del capital previsto para el caso de muerte según la opción elegida en la contratación.

    Más información

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