La actual marcha de la la economía ha permitido una leve mejora de la situación de las empresas y de las
familias que han visto cómo mejoraban sus expectativas. Los bajos tipos de interés han supuesto un alivio
en la carga financiera para todos los actores económicos. La creación de empleo, aunque con unas
condiciones no especialmente buenas, ha supuesto también un aumento de la renta disponible, que se ha
traducido sobre todo en un crecimiento del consumo privado.
En este marco de relativa expansión lo razonable era esperar una caída rápida de la tasa de morosidad, y
aunque este movimiento se está produciendo, en medios del sector financiero se sigue con cierta
incertidumbre el hecho de descienda pero a un ritmo que se considera muy pausado y claramente más
lento del que se esperaba.
En el caso que exponemos hoy, nuestro
asegurado, que es propietario de una pyme y
cuya continuidad depende en gran parte de no
sufrir grandes impagos de sus clientes, nos
llamó e informó que tenía un cliente con una
factura impagada de cierta relevancia.
Se abrió el oportuno expediente de
reclamación a través de la garantía de
“Reclamación de Facturas”, por el que al
estudiar la documentación remitida, el equipo
de nuestra compañía observó que, además de
la reclamación por el capital facturado e
impagado, debía añadir los perjuicios creados
a nuestro asegurado por el coste de la
devolución del pagaré bancario, comisión a la que la entidad bancaria no renuncia.
Puestos en contacto con el contrario, y atendiendo a su mala situación económica, se comienza la
negociación para solventar la deuda con un pago aplazado en varios abonos. A cambio de dichas
comodidades, deberá abonar también los gastos bancarios por devolución de pagaré, si bien nosotros
también cedemos y no le reclamamos los intereses legales de demora, que sí habríamos conseguido en la
vía judicial.
Ambas partes, deudor y sobretodo, nuestro cliente, se muestran conforme con el citado acuerdo, por lo que
nuestros servicios jurídicos proceden a redactar a un acuerdo para firma de ambas partes. En 3 meses,
conseguimos el cierre del expediente con éxito: nuestro asegurado es completamente indemnizado y el
deudor ha podido pagar en varias veces ahorrándose los intereses legales de demora.
Gracias a tener contratada la póliza de
Seguro de Pyme
con la garantía de
“Reclamación de Facturas”, nuestro cliente dispuso de un equipo de profesionales que defendieron sus derechos e
intereses sin desembolso alguno por su parte.